OPOSICIÓN
Ambito: nacional
Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles o de los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Tener cumplidos los 16 años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
Estar en posesión del Certificado de Estudios Primarios, Graduado Escolar, o FP de Primer Grado., dependiendo del Ayuntamiento y de la categoría laboral.
No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que le impidan el desempeño de las correspondientes funciones.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones Públicas.
· Parte General de Constitución.
· Parte Específica de Personal Laboral.
· Test Psicotécnicos.
Si estás interesado en realizar esta oposición ponte en contacto con nosotros y te informaremos sin compromiso:
Primer Ejercicio
Cuestionario de preguntas de respuesta alternativa sobre la parte general de Constitución y Administración (o del temario específico).
Segundo Ejercicio
Cuestionario de preguntas de carácter práctico sobre la parte Específica; y en su caso Test Psicotécnicos.
(Es una información orientativa pero la más habitual; dependiendo de cada Ayuntamiento al convocar puede variar el tipo y número de pruebas, e inclusive realizar una prueba práctica del oficio correspondiente).